Preguntas Frecuentes

Sí, pero no todavía. La Ley Crea y Crece establece que todos los autónomos y empresas devberán emitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales, dependiendo del volumen de facturación. Se espera que los autónomos estén obligados a partir de 2026.

Sí. Debes usar un software que esté adaptado a la Ley Antifraude y que permita el envío automático de facturas a la AEAT. En MiFPA, por ejemplo, ofrecemos soluciones que ya cumplen con estos requisitos.

Podrías enfrentarte a sanciones. Una vez que la ley entre en vigor para tu perfil, no cumplir con ella puede suponer multas o la invalidez de tus facturas. Además, perderás ventajas como el acceso a subvenciones o licitaciones públicas.

No será válido cuando la ley sea obligatoria. Las herramientas como Excel o Word no garantizan la integridad ni la trazabilidad exigida por la Ley Antifraude. Necesitarás un sistema que registre cada factura de forma segura y automática.

Sí, y mucho. Te da flexibilidad para trabajar desde cualquier lugar, escalabilidad para gestionar más clientes sin aumentar el esfuerzo, y control total sobre tus ingresos y gastos. Además, te posiciona como profesional moderno y fiable.

Agilidad, control y cumplimiento legal. Digitalizar tu facturación te permite automatizar procesos, reducir errores, acceder a tus datos desde cualquier lugar y cumplir con las nuevas normativas sin complicaciones.

¿Qué características deben tener las facturas electrónicas? (haz click al inicio de la pregunta para saber la respuesta)

Formato estructurado
•Deben generarse en un formato digital estructurado (como XML, Facturae, UBL, etc.).
•Esto permite que puedan ser procesadas automáticamente por sistemas contables y por la Agencia Tributaria.
Integridad y autenticidad
•La factura debe garantizar que no ha sido modificada desde su emisión.
•Se logra mediante firma electrónica o sistemas de control interno que aseguren la trazabilidad.
Identificación única
•Cada factura debe tener un número único y correlativo.
•Debe incluir la fecha de emisión y los datos fiscales del emisor y receptor.
Contenido obligatorio
•Datos del emisor y receptor (nombre, NIF, dirección).
•Descripción de los bienes o servicios.
•Base imponible, tipo de IVA, importe total.
•Forma de pago y condiciones si aplica.
Registro seguro
•Deben quedar registradas en un sistema que impida su alteración posterior.
•Los datos deben conservarse durante al menos 4 años.
Accesibilidad para el receptor
•El destinatario debe poder acceder, descargar y conservar la factura sin coste adicional.
•Esto es especialmente importante en relaciones entre empresas o autónomos.
Compatibilidad con VeriFactu (opcional pero recomendable)
•Esto mejora la transparencia y el cumplimiento con la Ley Antifraude.
•Si el software está adaptado a VeriFactu, puede enviar las facturas directamente a la AEAT en tiempo real.